La Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 (CC3) del Indecopi impuso una multa de 450 UIT (S/ 2.470.500) a la empresa Medifarma S.A., tras comprobar que distribuyó un lote defectuoso de suero fisiológico al 9%, cuyo uso provocó la muerte de siete personas en distintas regiones del país. La sanción, que representa la multa máxima establecida en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, se dictó en primera instancia y está sujeta a apelación.
El proceso sancionador se inició en abril de 2025, luego de múltiples reportes médicos en Lima y el interior del país sobre reacciones adversas graves tras la aplicación del suero. Entre las víctimas figuran Elva Ramírez (72), Santiago Yan (91), Melissa Guzmán (33), Alejandra Landers (26), además de otras tres personas, incluida una bebé de un año. Los pacientes presentaron convulsiones, edemas cerebrales, trombosis y alteraciones electrolíticas severas, según informes del Ministerio de Salud.
Durante la investigación, el Indecopi confirmó fallas en el proceso de producción del suero, bajo control directo de la empresa, las cuales no fueron subsanadas antes de su distribución al mercado. Ante ello, la CC3 concluyó que Medifarma no presentó ninguna causa objetiva que la exonere de responsabilidad y dispuso que cubra los gastos médicos de las víctimas sobrevivientes y los sepelios de los fallecidos. En caso de apelación, el expediente será evaluado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa.
0 Comentarios