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CORTE IDH RATIFICA QUE LEY DE AMNISTÍA ES INAPLICABLE Y CUESTIONA DESACATO DEL PERÚ

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ratificó su resolución de medidas urgentes en los casos Barrios Altos y La Cantuta, donde declaró que la Ley de Amnistía aplicada a procesados y condenados por muertes, desapariciones y torturas cometidas entre 1980 y 2000 es inaplicable por contravenir la Convención Americana de Derechos Humanos. El tribunal instó al Estado peruano, y en especial al Poder Judicial, a no conceder beneficios legales de este tipo hasta que se resuelva el fondo del asunto.

El pronunciamiento también recordó que el Perú, a través de sus tres poderes —Ejecutivo, Legislativo y Judicial—, debe adoptar medidas provisionales para evitar la prescripción de los crímenes de lesa humanidad. La Corte IDH subrayó que en las sentencias de Barrios Altos y La Cantuta ya se había establecido la imposibilidad de aplicar leyes de amnistía, con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares.

Pese a la advertencia, el Congreso aprobó en segunda votación el proyecto de ley N.º 6901/2023-CR, y días después la presidenta Dina Boluarte lo promulgó, contraviniendo directamente la resolución del tribunal supranacional. La Corte advirtió que esta decisión configura un incumplimiento grave del Estado peruano frente a sus obligaciones internacionales, lo que podría derivar en nuevas medidas de supervisión y sanciones en el ámbito interamericano.

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