Una reciente resolución firmada por el gerente general del Gobierno Regional de Huánuco, Ronald Acuña Sobrados, ha generado controversia al exonerar del control de ingreso y salida a tres servidores contratados bajo el régimen CAS. Se trata de Humberto Martín Trujillo Urpeque (asesor II de la Gerencia General Regional), Sully Densy Godoy Domínguez (especialista en gestión pública) y Wilfredo Esteban Rojas (especialista en ingeniería de la Gerencia Regional de Infraestructura).
La Resolución Gerencial General N.º 0379-2025, fechada el 31 de octubre, otorga este beneficio administrativo sin explicar las razones que lo sustentan, limitándose a invocar el artículo 16, inciso g, del Reglamento Interno del Servidor (RIS). No obstante, dicho artículo solo regula el control de asistencia y no contempla exoneraciones discrecionales para trabajadores CAS, quienes, conforme al Decreto Legislativo N.º 1057 y su reglamento (D.S. N.º 075-2008-PCM), están sujetos a fiscalización y registro de jornada laboral como cualquier servidor público.
La falta de motivación vulneraría los principios de transparencia y legalidad administrativa establecidos en la Ley N.º 27444 —Ley del Procedimiento Administrativo General—, que exige que toda resolución se sustente en hechos verificables y normas aplicables. En este caso, la ausencia de justificación podría interpretarse como un trato preferencial, contrariando además el principio de igualdad ante la ley previsto en el artículo 2 de la Constitución.
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