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INDIGNACIÓN POR PENA SUSPENDIDA A HOMBRE CONDENADO POR TOCAMIENTOS A MENOR

 

Indignación ha causado en Tingo María la sentencia emitida por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Leoncio Prado, que impuso solo cinco años de pena suspendida a Javier Koc Bedoya (76), declarado culpable del delito de tocamientos y actos de connotación en agravio de una menor de 12 años. Los hechos ocurrieron en enero de 2025, cuando el sentenciado aprovechó que la niña se encontraba sola para realizarle tocamientos indebidos.

Pese a la gravedad del delito, el juez Adler Justinian Guerra aceptó un acuerdo de terminación anticipada, que permitió al acusado obtener una pena sin cárcel efectiva, bajo el argumento de su edad avanzada y su colaboración con la justicia. El fallo señala que la condena será suspendida por cinco años, siempre que el sentenciado cumpla reglas de conducta y se presente periódicamente ante el juzgado.

El artículo 176-A del Código Penal sanciona este tipo de delitos con pena privativa de libertad no menor de nueve años ni mayor de quince. No obstante, el juzgado redujo la condena casi a la mitad, lo que genera cuestionamientos sobre la proporcionalidad de la sanción frente al daño causado a una menor de edad.

Especialistas en derecho penal sostienen que decisiones como esta debilitan la lucha contra los abusos y envían un mensaje equivocado a la sociedad. La indignación aumenta al saberse que el agresor permanecerá en libertad, mientras la víctima y su familia deben enfrentar las secuelas del hecho.

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